Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años pueden aplicarse una deducción por maternidad en su declaración de la renta de hasta 1.200 euros desde el ejercicio 2015.
Esta deducción se aplicaba solo y exclusivamente a mujeres trabajadoras, pero a partir del 1 de enero de 2023 dicha deducción se amplía a también a las mujeres que se encuentren en situación de desempleo y que perciban prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo.
Otra novedad, repercute en el caso de que se tenga derecho a la deducción por haberse dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, y es que en el mes en que se alcance el periodo mínimo cotizado de 30 días la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 euros. Por tanto, en ese caso la cuantía máxima de la deducción por maternidad alcanzaría el importe de 1.350 euros.